INFORMACIÓN SOBRE LAS DOS LÍNEAS DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS, CONVOCADAS POR EL GOBIERNO DE CANARIAS- INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA

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Según Resoluciones de la Directora del ICV, publicadas con fecha 14/10/2019.

El Ayuntamiento de Arucas, INFORMA a todos los/as ciudadanos/as de este municipio que con fecha 14 de octubre de 2019, el Instituto Canario de la Vivienda, ha convocado las subvenciones a la rehabilitación de edificios y viviendas. Estableciéndose la fecha de presentación de solicitudes desde el 15 de octubre hasta el 12 de noviembre de 2019, ambos inclusive.

            Habiéndose convocado 2 líneas de subvenciones, siendo éstas;

1.- Subvenciones para el fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en edificios y viviendas.

Enlace a la información de la subvención en el Instituto Canario de la Vivienda

Objeto: La financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad con especial atención a la envolvente térmica; en edificios de viviendas, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares, tanto en el ámbito rural como urbano

Condiciones generales,-entre otras-:

.- Beneficiarios/as: En edificios; comunidades de propietarios, propietarios/as que de forma agrupada sean propietarios de edificios, inquilinos/as -que asuman los gastos de acuerdo con contrato-, etc.

En viviendas; Propietarios/as de viviendas unifamiliares, usufructuarios e inquilinos/as -que asuman los gastos de acuerdo con contrato-, etc.

.- Requisitos (entre otros):

  • Edificios construidos antes de 1996
  • 70% de la superficie construida sobre rasante de los edificios tiene que ser de uso residencial de vivienda
  • 50% de las viviendas del edificio deben constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios, en el momento de solicitar la ayuda
  • Informe Técnico justificando la necesidad de las obras, suscrito con fecha anterior a la presentación de la solicitud
  • Proyecto o memoria técnica según el tipo de obras
  • En edificios, las actuaciones a realizar tienen que contar con el acuerdo de la Comunidad de Propietarios
  • Aportación de la autorización administrativa para ejecutar las obras; (licencia o comunicación previa), una vez sea otorgada la subvención
  • Etc.

2.- Subvenciones para el fomento de la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad en edificios y viviendas.

Enlace a la información de la subvención en el Instituto Canario de la Vivienda

Objeto: La financiación de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad en: viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, localizadas en suelo urbano y rural. Edificios de viviendas, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda. Viviendas ubicadas en edificios (pisos)

Condiciones generales,-entre otras-:

.- Beneficiarios/as: En edificios; comunidades de propietarios, propietarios/as que de forma agrupada sean propietarios de edificios, inquilinos/as -que asuman los gastos de acuerdo con contrato-, etc.

En viviendas; Propietarios/as de viviendas unifamiliares, usufructuarios, e inquilinos/as -que asuman los gastos de acuerdo con contrato-,etc.

es para propietarios, usufructuarios o arrendatarios

.- Requisitos (entre otros):

  • Edificios construidos antes de 1996
  • 70% de la superficie construida sobre rasante de los edificios tiene que ser de uso residencial de vivienda
  • 50% de las viviendas del edificio deben constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios, en el momento de solicitar la ayuda
  • Informe Técnico justificando la necesidad de las obras, suscrito con fecha anterior a la presentación de la solicitud
  • Proyecto o memoria técnica según el tipo de obras
  • En edificios, las actuaciones a realizar tienen que contar con el acuerdo de la Comunidad de Propietarios
  • Aportación de la autorización administrativa para ejecutar las obras; (licencia o comunicación previa), una vez sea otorgada la subvención
  • Etc.

En cuanto al resto de; requisitos para poder tener derecho a la percepción de las dos líneas de subvenciones descritas, actividades subvencionables ó (tipos de obras), cuantías de las ayudas, documentación a presentar junto con la solicitud, etc. éstas figuran descritas en las bases que regulan la convocatoria de las dos líneas de subvenciones. Estando insertadas respectivamente; tanto las bases descritas, hoja informativa, los modelos de solicitudes, etc. de las dos líneas de subvenciones, tanto en la página web del Instituto Canario de la Vivienda, como del Ayuntamiento.

            Las subvenciones las tramitará el Instituto Canario de la Vivienda mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

            Para obtener información sobre las características de las subvenciones así como de la documentación que hay que presentar para solicitar las mismas, así como para tramitarlas, se podrán que dirigir entre otras a la Oficina Municipal de Vivienda de este Ayuntamiento en la C/ Médico Anastasio Escudero Ruiz nº3, 1ª planta  (sobre las Oficinas del Inem), tfno: 928622506.