Según señala la cláusula séptima del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares “El plazo máximo de la concesión será de diez años, improrrogables, a partir de la firma del Acta de Recepción de las obras”. Dicha firma se llevo a cabo el 5 de febrero de 2002.
El Ayuntamiento de Arucas ha comunicado al actual concesionario de la cafetería ubicada en suelo público en el Polideportivo Antonio Afonso Moreno, la obligatoriedad de cesar la actividad después de que ya hubieran transcurridos más de dieciséis años desde que se firmara el contrato de concesión que estipulaba un plazo máximo e improrrogable de explotación de diez años.
A pesar de que la concesionaria ha tratado de prolongar en varias ocasiones el plazo de concesión esgrimiendo diferentes argumentos legales, estos han sido convenientemente respondidos por el departamento de contratación municipal, apoyado por el dictamen solicitado a este respecto al Consejo Consultivo de Canarias y que conforma parte del preceptivo informe jurídico que culmina con la comunicación de cese de la actividad.
En definitiva, el Ayuntamiento de Arucas actuando conforme al contrato suscrito y al Pliego de Clausulas Administrativas Particulares que lo regían aceptado por el actual concesionario y, en aras del interés general, recupera un espacio público que tras el correspondiente procedimiento administrativo volverá a licitarse y al que podrá concurrir cualquier persona o empresa, incluido el actual concesionario, que cumpla los requisitos que en ese momento se soliciten.