La Relación de Puestos de Trabajo fue aprobada en la última sesión plenaria municipal, tras recibir luz verde en la Mesa General de Negociación el pasado 29 de noviembre, con el voto favorable de UGT e Intersindical Canaria, es decir, el 80% de la representación de los trabajadores.
El Ayuntamiento aprobó en la pasada sesión plenaria la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de Arucas, expediente gestionado por la Concejalía de RR.HH y Organización que dirige Lidia Esther Morales, por el cual se sientan las bases de la estabilidad laboral regulando las funciones, categorías, grupos de clasificación profesional, los sistemas de provisión, las retribuciones complementarias, titulación y plaza que ocupa cada trabajador.
Esta herramienta de organización pública solo afectará a los funcionarios y al personal laboral fijo del Ayuntamiento, es decir, a aquel personal que de una u otra forma haya realizado un examen para acceder a su plaza. En este sentido, la RPT no afecta al personal laboral indefinido, quienes seguirán figurando como parte de la plantilla orgánica.
Con ello concluyen seis años de negociaciones, después de que se iniciara la configuración de este documento con la aprobación de un protocolo inicial en el año 2011, apoyado por las organizaciones sindicales CC. OO. e Intersindical Canaria y la abstención de UGT. A partir de ahí se desarrolló un arduo trabajo donde participaron todas las partes implicadas, tanto los trabajadores municipales como el Grupo de Gobierno.
LA RPT fue aprobada en la Mesa General de Negociación el pasado 29 de noviembre, con el voto favorable de las sesiones sindicales UGT e Intersindical Canaria y con el voto en contra de CC. OO., antes de ser llevado a la sesión plenaria del 30 de diciembre.
En este sentido, cabe recordar que este documento de carácter dinámico -puede modificarse en cualquier momento- cuenta con el apoyo del 80% de la representación de los trabajadores. Además, con la aprobación también del Complemento Personal Transitorio, ningún trabajador verá mermada su nómina con la RPT.
Las Relaciones de Puestos de Trabajo son instrumentos técnicos utilizados en las Administraciones Públicas para la transparencia y organización de sus recursos humanos, de acuerdo con las necesidades de los servicios. En ellas se precisan las características de los puestos de trabajo y los requisitos para su desempeño, siguiendo el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, a renglón del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.